Cuando el Estado reglamenta de más: un fallo que pone límites al poder

No todo reglamento es válido.

El Poder Ejecutivo puede reglamentar una ley para hacerla operativa, pero no puede modificarla ni agregar requisitos que el Congreso nunca estableció.

Eso fue lo que recordó la Corte Suprema en el reciente fallo "Justo, Juan José c/ ANSES" (2 de julio de 2026).


Juan José Justo trabajó durante 28 años como Prosecretario Administrativo del Poder Judicial de la Nación y reunía todos los requisitos previstos por la Ley 24.018 para acceder al régimen jubilatorio especial. Sin embargo, la ANSES rechazó su beneficio aplicando una resolución que incorporaba una exigencia inexistente en la ley.


La Corte fue categórica: esa reglamentación incurrió en un exceso reglamentario, porque alteró el contenido de la norma legal.


¿Cuándo existe un exceso reglamentario?


✔ Primero: la ley reconoce un derecho o establece los requisitos para acceder a él.


✔ Segundo: un reglamento agrega, restringe o modifica esas condiciones.


Cuando ambas circunstancias se presentan, la Administración deja de reglamentar y comienza a legislar. Y eso vulnera el principio de legalidad.


Este fallo excede el ámbito previsional. Es un precedente que reafirma un principio esencial del Estado de Derecho: los derechos nacen de la ley, no de las reglamentaciones administrativas.


La próxima vez que alguien diga "una resolución lo exige", vale la pena hacerse una pregunta:


¿La ley realmente lo exige?


Claudio A. Vimonte  

Abogado

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